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Importancia del salario mínimo
Ajuste de salario mínimo
Salario por debajo al mínimo
En nuestro país Nicaragua, la ley establece que el salario mínimo es diferenciado, según el tipo de industria para el cual labora la persona. El salario mínimo es la cantidad de dinero base que los empleados pueden recibir por el trabajo desempeñado durante un mes, según la legislación. Este puede ser entregado a diario, semanal, quincenal o mensualmente. Si bien en la Ley de Salario Mínimo se establece una cantidad base que las empresas deben pagar en Nicaragua, esto no quiere decir que no puedan dar un mayor salario a sus empleados. Esto queda a criterio de cada empleador, según el nivel de productividad de la empresa, así como la responsabilidad delegada a las personas y el grado académico con que cuenten.
Importancia del salario mínimo
Si los contratantes entregan a sus empleados menos de lo establecido, automáticamente violentan los derechos laborales y la legislación de nuestro país. Cada dos años, el pago mínimo devengado por los nicaragüenses recibe un ajuste. Esto con el objetivo de que los trabajadores obtengan mayores ingresos que les permitan hacer frente a los cambios de los precios en el mercado, sobre todo a la de los productos de la canasta básica, vestuario y medicinas. Por ley, el salario mínimo es la retribución ordinaria que satisface las necesidades mínimas de orden material, seguridad social, moral y cultural del trabajador y que esté en relación con el costo de las necesidades básicas de vida y las condiciones y necesidades en las diversas regiones del país.
Ajuste de salario mínimo
En febrero del presente año se acordó que ocho sectores económicos del país recibirían un aumento del 13%, el cual se aplicó en un 7% a partir de marzo y en agosto se hará efectivo el 6% restante. El incremento va para los sectores de la construcción, finanzas, seguros, servicios, minas y canteras, pesca, manufactura y agropecuario. Esta medida fue tomada luego de una negociación tripartita entre representantes del gobierno de Nicaragua, la empresa privada y los sindicatos. No se aplica en la pequeña, micro empresa ni industria-artesanal, debida a que estas ya tiene aprobado el 8% de incremento.
Para el mes de agosto, el salario mínimo del sector de servicios será de 3,520 Córdobas unos $160, el de finanzas, construcción y seguros, de C 4,313 equivalente a $196. Los empleados de pesca C 2,9266 o $133; los del sector agropecuario, C 1,892 que equivale $86; los de minas y canteras, C 3,454 o $157, y los de manufactura, C 2,574 equivalente a $117. Los empleados domésticos y personales, servicios comunitarios, sociales tendrán un salario de C 2,684 o $122, mientras que los de gobierno central y municipal 2,398 que equivalen $109.
La importancia del reajuste del salario mínimo beneficia principalmente a los empleados y sus familias, y al mismo tiempo les permite poner a circular más dinero, lo cual de alguna manera logra estabilidad financiera en las empresas.
Salario por debajo al mínimo
De acuerdo con la Ley de Salario Mínimo de Nicaragua, en su artículo 12 se estipula que todo trabajador que reciba salarios menores al mínimo fijado, tendrá derecho a recuperar la suma que se le adeude por la vía judicial. Este derecho será imprescriptible. Además señala que el Ministerio de Trabajo constatará el hecho y le brindará asesoría gratuita al trabajador. La legislación señala en su artículo 3 que el salario mínimo es irrenunciable y no puede ser objeto de compensación, descuento de ninguna clase, reducción, retención o embargo, excepto los de seguridad social, alimentos de familiares del trabajador declarados judicialmente y otros previstos por la ley.
Es de gran importancia
la buena administración del dinero, ya que en muchos casos la mala distribución o el gasto excesivo da como resultado un círculo vicioso de endeudamiento.
A continuación detallamos una tabla, en la cual se indica el sector, sus respectivos salarios mínimos acordados por la ley y su porcentaje de incremento que se tendrá para Agosto 2011.
Sector
|
Salario mínimo
|
% de incremento para agosto
|
Construcción
|
C 4,313
|
6 %
|
Finanzas
|
C 4,313
|
6 %
|
Seguros
|
C 4,313
|
6 %
|
Servicios
|
C 3,520
|
6 %
|
Minas y canteras
|
C 3,454
|
6 %
|
Pesca
|
C 2,926
|
6 %
|
Manufactura
|
C 2,574
|
6 %
|
Agropecuario
|
C 1,892
|
6 %
|
Servicios comunitarios
|
C 2,684
|
6 %
|
Sociales
|
C 2,684
|
6 %
|
Domésticos
|
C 2,684
|
6 %
|
Personales
|
C 2,684
|
6 %
|
Gobierno central
|
C 2,398
|
6 %
|
Gobierno municipal
|
C 2,398
|
6 %
|
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Autor: Tecoloco Nicaragua
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